El pasado domingo 26 de junio, en medio de las festividades de San Pedro y San Pablo, en El Espinal, los palcos de la plaza donde se realizaban unas corralejas se desplomaron. Hubo heridos y muertos, humanos y no humanos. Este hecho avivó el debate sobre la continuación de espectáculos con animales.
En su sentencia C-666 de 2010, la Corte Constitucional indicó que las corralejas, novilladas, corridas de toros, peleas de gallos y coleo, a pesar de ser consideradas maltrato animal, pueden desarrollarse en el país siempre y cuando cumplan con las siguientes condiciones:
1) Que en el futuro (hasta cuando el Congreso legisle al respecto) se eliminen o morigeren las conductas especialmente crueles contra los animales.
2) Que se desarrollen únicamente donde se hayan hecho de manera regular, periódica e ininterrumpida.
3) Que sólo se llevan a cabo cuando usualmente lo han hecho.
4) Que sean aquellas las únicas actividades exceptuadas del cumplimiento del deber constitucional de protección a los animales.
5) Que las autoridades municipales no destinen dinero público a la construcción de instalaciones que solo sean para esta actividades.
La Corte Constitucional ha estado alineada con el movimiento animalista al considerar que esos espectáculos generadores de dolor y sufrimiento son claramente problemáticos para una sociedad se preocupa por el medio ambiente y sus animales. La única forma de eliminar esas prácticas del ordenamiento jurídico colombiano es por la vía legislativa. Varios personajes de la política colombiana, que incluyen congresistas electos para el siguiente período legislativo, han manifestado su rechazo a actividades como las corralejas y otros espectáculos de maltrato animal. Esperamos que esta vez el entrante Congreso de República esté a la altura de los cambios que como sociedad el país está en deuda para avanzar.
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